Señores
OFERENTES
La Industria Militar modifica el proceso de Selección de Mercado con Número Limitado de Oferentes 148/2020, proyecto 9186, para la Adquisición Monooleato de Sorbitan y Pibsa para Emulsión, de acuerdo a lo solicitado por la Subgerencia Financiera, mediante documento 02.300.381, así:
Se modifica el IAP Forma de Pago - AJUSTE DE PRECIO, así:
(…)AJUSTE DE PRECIO:
El precio de las cantidades determinables (excepto) las cantidades determinadas o mínimas será reajustado bajo el siguiente criterio:
El ajuste de precio del presente acuerdo marco se realizará por medio de FÓRMULA DE AJUSTE DE PRECIO, para los siguientes elementos:
Código SAP
| Descripción Artículo
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30000092
| MONOOLEATO DE SORBITAN
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30000107
| PIBSA PARA EMULSIONES
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Se aplicará la siguiente fórmula:
Pt = 0.30 * Pt-1 *( IPCt / IPCt-1 ) + 0.70 * Pt-1 * (TRMt / TRMt-1 )
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Pt Se refiere al nuevo precio resultante del ajuste.
Pt-1 Se refiere al precio con el que las partes llegaron a un acuerdo en el periodo anterior al ajuste de precio. En el caso en que se realice por primera vez un ajuste, el precio del contrato Pt-1 será el primer precio pactado para el contrato marco. Para los demás ajustes, el precio del contrato Pt-1 será el precio ajustado inmediatamente anterior.
La inflación presentada debe ser construida a través del IPC certificado por el DANE a la fecha del ajuste de precios, siendo por lo tanto IPCt-1, el IPC del mes anterior a la fecha en que las partes llegaron al último acuerdo de precio, o en el caso en que se realice por primera vez el ajuste, se tomara para el cálculo el IPC del mes anterior a la fecha cuando se pactó el primer precio para el contrato marco. El IPCt se refiere al último IPC presentado y certificado por el DANE en el momento de realizar el ajuste de precio.
La fuente utilizada para construir la inflación del periodo al que se refiere la fórmula, es el IPC del DANE, a través de la página www.dane.gov.co.
TRMt Se refiere al valor promedio de la TRM del mes anterior a la fecha en que se realiza el ajuste, se construye a través de la TRM publicada y certificada por el Banco de la Republica, en la página http://www.banrep.gov.co/es/tasa-cambio-del-peso-colombiano-trm
TRMt-1 Se refiere al valor promedio de la TRM del mes anterior a la fecha en que las partes llegaron al último acuerdo de precio, o en el caso en que se realice por primera vez el ajuste, se tomará el promedio de la TRM del mes anterior a la fecha cuando se firmo el contrato marco; dicha información se construye a través de la TRM publicada y certificada por el Banco de la Republica, en la página http://www.banrep.gov.co/es/tasa-cambio-del-peso-colombiano-trm
La fecha de referencia para establecer el valor de las órdenes de compra que se suscriban en desarrollo del contrato marco, será la fecha en que se solicita la aplicación de la fórmula de ajuste de precios; del ajuste realizado en ese momento del tiempo, se obtendrá el valor que aplicará para la compra de los elementos:
Código SAP
| Descripción Artículo
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30000092
| MONOOLEATO DE SORBITAN
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30000107
| PIBSA PARA EMULSIONES
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Esta fórmula se aplicará a cada una de las solicitudes de adquisición de cantidades determinables, y estará a cargo de la subgerencia financiera.(…)
Por el siguiente texto:
AJUSTE DE PRECIO:
El precio de las cantidades determinables (excepto) las cantidades determinadas o mínimas será reajustado bajo el siguiente criterio:
El ajuste de precio del presente acuerdo marco se realizará por medio de FÓRMULA DE AJUSTE DE PRECIO, para los siguientes elementos:
Código SAP
| Descripción Artículo
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30000092
| MONOOLEATO DE SORBITAN
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30000107
| PIBSA PARA EMULSIONES
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Se aplicará la siguiente fórmula:
En donde:
Pt Se refiere al nuevo precio resultante del ajuste.
Pt-1 Se refiere al precio con el que las partes llegaron a un acuerdo en el periodo anterior al ajuste de precio. En el caso en que se realice por primera vez un ajuste, el precio del contrato Pt-1 será el primer precio pactado para el contrato marco. Para los demás ajustes, el precio del contrato Pt-1 será el precio ajustado inmediatamente anterior.
El IPCt Se refiere al último IPC presentado y certificado por el DANE en el momento de realizar el ajuste de precio.
IPCt-1 Se refiere al IPC del mes anterior a la fecha en que las partes llegaron al último acuerdo de precio, o en el caso en que se realice por primera vez el ajuste, se tomara para el cálculo el IPC del mes anterior a la fecha cuando se pactó el primer precio para el contrato marco. La fuente utilizada para construir la inflación del periodo al que se refiere la fórmula, es el IPC del DANE, a través de la página www.dane.gov.co.
TRMt Se refiere al valor promedio de la TRM del mes anterior a la fecha en que se realiza el ajuste, se construye a través de la TRM publicada y certificada por el Banco de la Republica, en la página http://www.banrep.gov.co/es/tasa-cambio-del-peso-colombiano-trm
TRMt-1 Se refiere al valor promedio de la TRM del mes anterior a la fecha en que las partes llegaron al último acuerdo de precio, o en el caso en que se realice por primera vez el ajuste, se tomará el promedio de la TRM del mes anterior a la fecha cuando se firmo el contrato marco. Dicha información se construye a través de la TRM publicada y certificada por el Banco de la Republica, en la página http://www.banrep.gov.co/es/tasa-cambio-del-peso-colombiano-trm
La fecha de referencia para establecer el valor de las órdenes de compra que se suscriban en desarrollo del contrato marco, será la fecha en que se solicita la aplicación de la fórmula de ajuste de precios; del ajuste realizado en ese momento del tiempo, se obtendrá el valor que aplicará para la compra de los elementos:
Código SAP
| Descripción Artículo
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30000092
| MONOOLEATO DE SORBITAN
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30000107
| PIBSA PARA EMULSIONES
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Esta fórmula se aplicará a cada una de las solicitudes de adquisición de cantidades determinables, y estará a cargo de la Oficina de Planeación.
Los demás términos no modificados por el presente documento se mantienen vigentes.
Atentamente,
MARÍA DEL PILAR SERRANO BUENDÍA
Subgerente Administrativa
Firma:
| Firma:
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Elaboró: Betsy Katerina Higuera Romero
| VºBº: Ing. Jose Wilson Orjuela Avilan
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Profesional Universitario -DA
| Jefe División de Adquisiciones
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Documento físico firmado
Calle 44 Nº 54 – 11 CAN Fax: 2224889 - 2225786. PBX: 2207800 E-mail: indumil@indumil.gov.co. Página 4 de 4